Diego Landache – El pasado miércoles al mediodía, efectivos del Área de Investigaciones, con el apoyo de los grupos PADO y GRT, desbarataron una boca de venta de drogas ubicada en calle Yaguarón casi Río Grande (Barrio Samuel).
Policía de Chuy cerró boca en barrio Samuel; dos personas resultaron condenadas por la justicia
Diego Landache – El pasado miércoles al mediodía, efectivos del Área de Investigaciones, con el apoyo de los grupos PADO y GRT, desbarataron una boca de venta de drogas ubicada en calle Yaguarón casi Río Grande (Barrio Samuel).
En coordinación con la Fiscalía de Chuy, la policía irrumpió sorpresivamente en una finca e incautó droga preparada para su distribución (marihuana, cocaína y pasta base), un arma de fuego y municiones de distintos calibres. Dos personas que estaban en el lugar fueron detenidas y colocadas a disposición de la justicia.
De acuerdo a lo informado, ambos indagados admitieron responsabilidades por lo que Fiscalía solicitó realizar la audiencia de formalización.
La misma fue llevada adelante por la juez Dra. María José Camacho Novis, quien condenó a M.A.A.M, de 25 años, de nacionalidad brasileña, carece de antecedentes penales, por la comisión de Un delito previsto en el Art. 34 del Dec. Ley 14.294 en la redacción Dada por la Ley 17016 en la modalidad de suministro de estupefacientes, agravado por el Art. 35 bis ( suministro de cocaína en su estado de base libre o fumable, incluida la pasta base de cocaína), en calidad de Cómplice; a la pena de 9 meses de prisión, la que se sustituye por la pena de libertad vigilada, imponiéndose las obligaciones del Art.9 de la Ley 19446, literales A)- de residir en un lugar determinado y D)- presentarse una vez por semana en la seccional policial de su domicilio por el lapso de 2 horas.
Asimismo se condenó a C.D.F.M, oriental, de 21 años, poseedor de antecedentes, por la comisión de un delito previsto en el Art.34 Dec Ley 14294 en la redacción dada por la Ley 17016 en la modalidad de Suministro de estupefacientes, agravado por el Artículo. 35 bis ( suministro de cocaína en su estado de base libre o fumable, incluida la pasta base de cocaína, en reiteración real con un delito de porte y tenencia de armas de fuego (artículo.152 bis del Código.P), un delito de Tráfico interno de armas y municiones ( artículo. 9 Ley 19247), y un delito de porte de arma de fuego habiendo recaído sentencia ejecutoriada condenatoria Artículo. 141 Ley 17296 en calidad de autor, a la pena de 2 años y 10 meses de Penitenciaria de cumplimiento efectivo.
Tiempo de Noticias – Desde Chuy Diego Landache
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