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Locales

Uruguay decreta emergencia sanitaria por gripe aviar detectada en Maldonado y Rocha

Tiempo de Noticias
Tiempo de Noticias 15 de febrero de 2023
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Se comunica a la población que, en el marco de las acciones de vigilancia llevadas a cabo por la Dirección General de los Servicios Ganaderos, se recibió la notificación del… 

Uruguay decreta emergencia sanitaria por gripe aviar detectada en Maldonado y Rocha

Tiempo de Noticias – Importante comunicado del Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca.

15/02/23

Se comunica a la población que, en el marco de las acciones de vigilancia llevadas a cabo por la Dirección General de los Servicios Ganaderos, se recibió la notificación del Servicio de Guardaparques del Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SNAP) de la muerte de Cisnes de Cuello Negro en la zona del límite entre los departamentos de Maldonado y Rocha, detectándose la presencia del virus de Influenza Aviar (H5) de alta patogenicidad.

La Influenza Aviar es una enfermedad viral exótica que se registra por primera vez dentro del territorio nacional. La misma está teniendo una dispersión amplia entre las aves de distintos continentes. Se transmite por contagio directo constatándose en Sudamérica la transmisión a través de aves migratorias que vuelan desde zonas contaminadas en el norte.

La Influenza Aviar no tiene cura por lo cual podría causar importantes daños a la producción avícola.

EL MGAP está en permanente coordinación con el Ministerio de Salud Pública, el Ministerio de Ambiente y el SINAE, articulando las acciones necesarias para el control eficiente de este foco y la contención de cualquier nuevo evento sanitario que pudiera producirse.

La División Sanidad Animal de la Dirección General de los Servicios Ganaderos del MGAP comunica que:

La situación presentada responde al modelo epidemiológico que se está dando en distintas regiones de América del Sur.

Se están realizando acciones de coordinación para la investigación epidemiológica y rastreo de aves con sintomatología compatible en los predios de la zona afectada y en las lagunas de ambos departamentos.

El consumo de carne de aves o huevos NO AFECTA la salud humana.

El contacto con aves enfermas de influenza puede afectar al hombre, por lo que se exhorta a la población a notificar la presencia de aves muertas o con sintomatología nerviosa, digestiva o respiratoria.

NO TOCARLAS, NO TRASLADARLAS y DAR AVISO

por correo a avesnotificaciones@mgap.gub.uy o a las oficinas zonales locales del MGAP.

Es primordial mantener y asegurar la bioseguridad en las granjas de aves comerciales y de traspatio.

Alentamos a los productores y veterinarios de libre ejercicio a estar alertas y denunciar frente a las constatación de casos sospechosos.

El Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca ya ha elevado la notificación oficial de esta constatación a la Organización Mundial de Salud Animal (OMSA) y al Comité Veterinario Permanente del Mercosur (CVP).

Exhortamos a todos los criadores de aves a tomar las medidas de bioseguridad indicadas al respecto por la autoridad sanitaria, a efectos de preservar los sistemas productivos evitando la introducción del patógeno.

Medidas:

Se declara la emergencia sanitaria en todo el país por el hallazgo de Influenza Aviar H5 en la Laguna Garzón, departamentos de Maldonado y Rocha.

Quedan restringidos todos los movimientos dentro del territorio nacional de aves de traspatio y aves que no sean controlados a través del Sistema de Monitoreo Avícola. Dicha restricción no se aplicará a los movimientos de aves que sean controlados a través del Sistema de Monitoreo Avícola.

Las aves de traspatio y las aves que compongan el sistema productivo Free Range deberán estar alojadas en instalaciones cerradas techadas en cumplimiento con el Manual de Contingencia de Influenza Aviar aprobado por resolución DGSG N.º 20/2022 de 17 de enero de 2022.

Quedan suspendidas las ferias, remates, exposiciones y eventos vinculados a la especie aviar.

*El incumplimiento de las disposiciones de la presente resolución conllevara la aplicación de las sanciones dispuestas por el articulo 144 de la Ley N.º 13.835 de 7 de enero de 1970 en la redacción dada por el articulo 134 de la Ley N.º 18.996 de 7 de noviembre de 2012 y por el articulo 285 de la Ley N.º 16.736 de 5 de enero de 1996 en la redacción dada por el articulo 87 de la Ley N.º 19.535 de 25 de septiembre de 2017.

Además la División Sanidad Animal de la Dirección General de Servicios Ganaderos recomienda a los productores avícolas:

Extremar las medidas de bioseguridad en las granjas.

Restringir el ingreso de personas y vehículos al establecimiento.

Realizar una estricta limpieza y desinfección de los materiales de trabajo, de las instalaciones y los vehículos que ingresan a la granja.

Mantener al día los registros de visitas y productivos.

Colocar mallas antipájaros en buen estado en laterales y portones del galpón.

Colocar dispositivos de desinfección a la entrada del establecimiento y de los galpones.

Utilizar ropa exclusiva para trabajar con las aves.

Evitar el contacto de las aves comerciales con las silvestres.

Evitar que aves domésticas compartan fuentes de agua con las aves silvestres.

El MGAP refuerza su compromiso con la salud humana y la sanidad animal a través de la permanente vigilancia y control tanto de los sistemas productivos como de las cadenas alimentarias del Uruguay.

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