Desde esta medianoche comenzó a regir la veda electoral en donde no se podrá hacer propaganda en vía pública ni en medios escritos, radios o televisión. Hasta el …
Comenzó a regir la veda electoral: sepa de qué se trata
Desde esta medianoche comenzó a regir la veda electoral en donde no se podrá hacer propaganda en vía pública ni en medios escritos, radios o televisión.
Hasta el domingo a la hora 20:30 la medida establece que tampoco se puedan difundir resultados de encuestas que puedan influir en la ciudadanía.
La corte electoral informó a Tiempo de Noticias que mientras estén abiertos los circuitos de votación “la entrega de las hojas de votación solo puede efectuarse a una distancia superior a los 100 metros del local donde funcionen comisiones receptoras”. Entre las 19:30 horas del sábado 29 y hasta el cierre de la votación no se podrán expedir bebidas alcohólicas.
La Veda Electoral comienza a regir a partir del día Viernes 28 a la hora 00:00 hasta la finalización del horario de votación el día domingo, por lo que no se podrán efectuar espectáculos públicos o manifestaciones de carácter político en lugares abiertos o cerrados mientras esté vigente la misma.
2- Desde las 19:30 horas del sábado 29 de junio y hasta la clausura de la votación, no podrán expenderse bebidas alcohólicas en ningún comercio.
3- Quedan cancelados todos los espectáculos públicos durante el horario de la elección, ya sean deportivos, culturales o de cualquier índole.
4- Los funcionarios públicos, los propietarios, directores y/o administradores de establecimientos comerciales o industriales, tienen el deber de conceder a los ciudadanos habilitados a votar que estén bajo su dependencia, un lapso para que comparezcan a sufragar en sus respectivos circuitos, sin prejuicio de los haberes o jornales que les correspondan.
5- Ninguna autoridad pública podrá intervenir en el funcionamiento de las Comisiones Receptoras de Votos. Asimismo, durante el horario de la votación, la entrega de listas solo puede efectuarse a una distancia superior a los cien metros de los locales que funcionen como comisiones receptoras.
El cumplimiento de estos preceptos contribuye al normal desarrollo del acto electoral y estricto cumplimiento de las garantías para el sufragio.
Si observa incumplimientos de las normas puede denunciar el hecho frente a las autoridades más cercanas o también ante la Corte Electoral. Si la irregularidad se produce en algún local de votación puede denuciar ante las mesas o autoridad militar presente.
Para estar bien informados…Tiempo de Noticias.
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