Este domingo 28 de noviembre de 2021 serán las elecciones del Banco de Previsión Social (BPS). Se trata de unos comicios obligatorios que involucran a más de un millón y medio de…
Elecciones BPS: todo lo que necesita saber para la instancia electoral del domingo 28 de noviembre
Este domingo 28 de noviembre de 2021 serán las elecciones del Banco de Previsión Social (BPS). Se trata de unos comicios obligatorios que involucran a más de un millón y medio de uruguayos.
Esta semana la Corte Electoral publicó un documento informativo sobre el acto eleccionario.
Horario y documentación
El horario de votación el domingo será de 8 a 19:30 horas y quienes deben sufragar son los jubilados y pensionistas, trabajadores activos públicos y privados mayores de 18 años y empresas contribuyentes. Los únicos que están exceptuados son las personas con 75 años de edad o más y los que -sin importar su edad- sean titulares de prestaciones por incapacidad servidas por el BPS.
La documentación exigida para votar es la credencial cívica y en caso de no poseer se deberá exhibir la cédula de identidad. De lo contrario no podrán realizar el sufragio.
¿Dónde votar?
La Corte Electoral ya habilitó el buscador, y se puede conocer el lugar tanto con el número de la credencial cívica como con la cédula de identidad.
Buscador:
https://aplicaciones.corteelectoral.gub.uy/BuscadorGeneralBPS/buscadores.buscadorpadronbps2021.aspx
Las multas
Quienes estén habilitados para votar en las elecciones del BPS y no se presenten el domingo 28 deberán pagar una multa. En el caso de los jubilados, pensionistas y activos el monto que corresponde es 1 UR (unos $1.300 al valor actual) y para profesionales universitarios y/o funcionarios públicos el doble.
En caso de las empresas contribuyentes la multa es de 6 UR para las empresas con hasta 10 trabajadores, 12 UR para los que tienen entre 11 y 50 y 20 UR para las que tienen más de 50 empleados.
Justificaciones
También existe la posibilidad de presentar solicitudes de justificación del no voto y el plazo para realizarlo vence el 27 de enero de 2022. Dicha gestión se podrá realizar de forma remota, a través de una aplicación que estará disponible en la página web de la Corte Electoral.
Hay cuatro causales que permiten justificar el voto:
Estar enfermo, ser inválido o tener una imposibilidad física que impida ir a Comisión Receptora de Votos.
Estar domiciliado en un departamento diferente al cual le corresponde votar. Esto podrá probarse con constancia de domicilio, laboral, de estudios o seccional policial.
Estar fuera del país el día de la elección. Para eso podrá justificarse con un documento que establezca la fecha de salida y de entrada al país (como el certificado de la Dirección Nacional de Migraciones), el pasaporte sellado, pasajes que lo acrediten o constancia de trabajo en el exterior. En este caso el plazo para justificar la no votación será de 60 días y se iniciará el día de ingreso a Uruguay.
Estar imposibilitado por razones de fuerza mayor. Dichas personas deberán establecer con precisión en qué consisten y acreditarlas mediante una prueba documental.
Control del voto
Desde el 1º de febrero del año próximo y durante tres meses habrá un control del voto. Es decir que los afiliados al BPS solo podrán hacer efectivos sus haberes si presentan la constancia del voto, la justificación de la Junta Electoral o el comprobante de pago de la multa. En el caso de las empresas contribuyentes no podrán efectuar pagos al BPS ni a la DGI, solicitar certificados, realizar convenios de pagos o cualquier diligencia ante esos organismos de no hacerlo.
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